“PARAÍSOS FISCALES”
El pago de tributos encuentra su origen en la Edad Media europea, cuando se comenzó a establecer el pago de impuestos con la finalidad de satisfacer los gastos civiles y militares de la Corona; sin embargo, en la actualidad se puede observar que, en primer lugar el pago de impuestos es una categoría tributaria y que la implementación de un sistema de recaudación tributaria que persigue, al menos en el caso de Venezuela, “la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, sustentándose en un sistema eficiente para la recaudación de tributos” (Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela).
Como se sabe cada país cuenta con un sistema tributario propio, establecido en base a sus necesidades y políticas, no obstante, han surgido nuevas tendencias en cuanto a la forma de pago de impuestos que inversores deben llevar a cabo en otros países.
Tal es el caso de los llamados países de baja imposición fiscal o “paraísos fiscales”, que comienzan a organizarse bajo tal denominación durante la primera guerra mundial, cuando algunos países se vieron en la obligación de imponer cargas fiscales que les ayudara en su recuperación, y en 1928 Bermuda decreta la primera ley destinada a regular las conocidas sociedades offshore o empresas registradas en algún país en el que no desempeñan ninguna actividad comercial.
Los paraísos fiscales son países que poseen una baja o nula imposición fiscal hacia inversores extranjeros que tienen cuentas bancarias o han establecido sociedades en dichos países. El objetivo esencial es atraer divisas extranjeras para fortalecer la economía interna.
Cuando se analiza el establecimiento de estas políticas por parte de algunos países, se consiguen ventajas y desventajas, pues en primer lugar para aquellos países con pocos recursos para producir les favorece tener quien invierta, pero por otro lado se ven inconvenientes como: elevada fuga de capital, al ocultar la titularidad de una empresa o cuenta bancaria en los paraísos se pueden desencadenar negocios ilegales como el narcotráfico, el terrorismo y lavado de dinero.
Para controlar esos aspectos poco ventajosos, algunos países han trabajado para refrenar el comercio libre de impuestos y el excesivo secreto en el manejo de cuentas y de los representantes de las organizaciones, sin embargo debido a la globalización se ha hecho muy difícil controlar esa situación.
Otro aspecto importante a conocer es que para poder incluir a un país como de baja imposición fiscal es necesario que cumpla con ciertas características: poseer estabilidad económica y política, ofrecer servicios de asesoría y contable de carácter legal, existencia de buenas infraestructuras de transporte y turismo, manejo del secreto bancario y la discreción en cuanto a la revelación de información de los representantes de las organizaciones.
Cuando se piensa en el papel que juega Venezuela con respecto al tema de los paraísos fiscales, existen disposiciones en la ley de ISLR que regulan la actuación de quienes han invertido en estos países de baja imposición fiscal.
Así por ejemplo, se establece que, quienes han hecho inversiones en algún país de baja imposición fiscal deben presentar una declaración informativa anual, sobre las inversiones que haya realizado, los estados de cuenta por deposito, ahorro o cualquier documento que respalde la inversión, de lo contrario serán penados con multas que deberán cubrir con el pago de ciertas unidades tributarias establecidas en la ley para cada caso.
Entre los paraísos fiscales los más interesantes tenemos:
Gibraltar: con aproximadamente 30.000 habitantes, tiene registradas en su territorio a más de 81.000 empresas con un capital declarado de más de 8.100 millones de Euros.
Luxemburgo: alberga más de doscientos bancos y más de 1.800 fondos de inversión. Su principal ventaja es la favorable fiscalidad para inversores y sociedades. La ley impide a las autoridades de otros países investigar a sus clientes a menos que existan pruebas de actividad criminal. Para acceder a servicios bancarios especiales hay que partir de sumas considerables.
Holanda En 1.993 casi la cuarta parte de las inversiones extranjeras directas, (el 22,3%), procedían de Holanda. Sin embargo este dato es engañoso, ya que la inversión procede de terceros países/inversores que canalizan su inversión a través de dicho país. Los Países Bajos son el paraíso de todo tipo de Holdings, financieras y grandes multinacionales que quieren tomar posiciones en el mercado europeo, porque su peculiar legislación permite todo tipo de inversiones y, a la vez ahorrar impuestos, esto es así por: el régimen fiscal favorable para las empresas allí instaladas, su privilegiada situación geográfica, en el centro de Europa y, la mentalidad comercial e internacional de sus gentes
Islas caimanes Absolutamente nada tienen que pagar quienes escogen estas islas como base de sus negocios e inversiones. Por eso no es de extrañar que las tres islas acojan a 544 bancos con unos 420.000 millones de dólares en depósitos, de los que unos 380.000 están en dólares americanos y, el resto, en otras divisas, como libras esterlinas, francos suizos o euros, claro está.
República de panamá Es un paraíso fiscal en el que el inversor español se puede mover sin necesidad de traductor. Panamá sólo aplica impuestos a los ingresos generados en el país. Los depósitos de los bancos extranjeros están libres no sólo de fiscalidad, sino de cualquier tipo de control. Las compañías disfrutan del anonimato y no tiene obligación alguna de informar sobre sus transacciones exteriores.